Durante el mes de marzo será clave la presentación de las declaraciones juradas. Durante marzo próximo, comenzará la Operación Renta 2025, un proceso clave en el que empresas y contribuyentes deberán declarar sus ingresos del año 2024 ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Este es un trámite obligatorio para ciertos trabajadores y empresas, que se realiza cada año para informar sobre sueldos, créditos, bienes raíces y otros ingresos obtenidos en el año anterior. Su objetivo es calcular los impuestos a pagar o en algunos casos la devolución de impuestos. Durante el mes de marzo será clave la presentación de las declaraciones juradas (DDJJ). Actualmente, existen 67 tipos diferentes de DDJJ, y el tipo de declaración dependerá de si se trata de una empresa o una persona natural. Uno de los documentos más importantes en este proceso es el Formulario 22, que debe ser completado correctamente y enviado al SII. Este formulario permite determinar si al contribuyente le corresponde una devolución. Aunque el calendario oficial aún no ha sido confirmado por el SII, se espera que el proceso se lleve a cabo entre marzo y abril de 2025. Qué personas deben realizar este trámite Trabajadores independientes o dependientes con ingresos extras: Si recibiste pagos a través de boletas de honorarios o realizaste actividades económicas adicionales a tu empleo principal, deberás declarar tus ingresos. Personas con inversiones o rendimientos de capital: Aquellos que obtuvieron ingresos por inversiones, compraventa de acciones, criptomonedas u otros activos financieros también deben reportar estas transacciones. Contribuyentes que solicitan devolución de impuestos: Si realizaste cotizaciones voluntarias o aportes previsionales extra y buscas recuperar parte de los impuestos pagados en exceso. Quienes arriendan propiedades: Los ingresos obtenidos por el arriendo de bienes raíces deben ser informados en la declaración de renta. If tus ingresoa anuales superan eñ mínimo no imponible determinado por eñ SII. Fuente: El Heraldo Crónica
Este jueves, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dictó una resolución que refuerza el control al uso indebido de facturas por compras personales en supermercados y restaurantes. Así, se restringirá su uso de forma exclusiva a la compra de bienes o servicios relacionados directamente con el giro o actividad del comprador, que son las únicas que dan derecho al crédito fiscal IVA. En detalle, el organismo, con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, decreta de manera expresa que este tipo de recintos deberán emitir boletas de ventas y servicios para todas las transacciones realizadas con consumidores finales. Asimismo, se estableció que en los supermercados no se preguntará si el comprador opta por boleta o factura. Desde marzo, habrá una fila específica para quienes opten por este mecanismo.Además, si los supermercados cuentan con más de diez cajas habilitadas para pago, sólo podrán disponer del 10% del total para la emisión de facturas. De lo contrario, deberán destinar una de ellas que también emitan boletas. Por otra parte, en los restaurantes se prohibirá la emisión de facturas en actividades personales o familiares.Con el objetivo que se cumpla esta medida, el SII estableció que los supermercados y restaurantes deberán emitir boletas de ventas para todas las transacciones que se realicen con consumidores finales. Cabe señalar, que el restaurante o supermercado que incumpla la obligación de otorgar el documento tributario que corresponda, podrá ser sancionado con una multa del 50% al 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA. Sumado a ello, arriesga la clausura de hasta 20 días del establecimiento o sucursal donde se cometió la infracción. En tanto, el comprador que no exija la emisión de la documentación tributaria que corresponda, podrá ser sancionado con una multa de hasta 20 UTM. Con todo, las medidas entrena en vigencia desde el próximo 1 de marzo. [EMISIÓN DE FACTURAS EN SUPERMERCADOS Y RESTAURANTES]: Con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, el SII dictó hoy una resolución que reitera las exigencias legales para la emisión de facturas en supermercados y restaurantes. pic.twitter.com/xqoJHMt9GW — SII (@SII_Chile) December 19, 2024
El Servicio de Impuestos Internos (SII) , en el marco del cumplimiento de la Ley Anti-evasión, entregó esta semana el número de cuentas financieras de chilenos en el exterior, y que alcanzaron a 153.314 repartidas en reconocidos paraísos fiscales, como las Islas Caimán y Suiza. La normativa legal, que habilita al SII a buscar la repatriación voluntaria de bienes o rentas de parte de inversores nacionales en el extranjero, con el objetivo de recaudar los impuestos correspondientes a su giro en el país, fue desagregada -según informa el diario financiero- en “un 94% de capitales de personas naturales” y otro “seis por ciento perteneciente a personas jurídicas”, con un “balance en cuenta corriente” que alcanzaría al abultado monto de 32 mil 579 millones de dólares. Si bien el medio nacional especializado en temas económicos aseveró que la “meta sigue lejana” respecto de los montos proyectados por el Gobierno para recaudar con esta “repatriación de capitales”, a la fecha estas “declaraciones pasaron de 10 a 73 en un par de semanas, con impuestos a girar que superan los US$12 mil millones”. Según informa a su vez biobiochile.cl este viernes, esta “repatriación de capitales apunta a toda clase de bienes, incluyendo los muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones o derechos en sociedades constituidas en el exterior, o el derecho a los beneficios de un trust o fideicomiso”. Del mismo modo, incorpora “también divisas y toda clase de instrumentos financieros o valores, como bonos, cuotas defondos , depósitos y otros similares ,que sean pagaderosen moneda extranjera; asimismo rentas que provengan debienes(dividendos utilidades intereses entre otros)”. Cabe destacar que este procedimiento transitorio ofrece la alternativa a los inversores chilenos enel extranjero deregularizar susituación tributaria esto mediante“la aplicacióndeunimpuesto únicoysustitutivo del12por cientoso breel valor desusbienesorentas”. Fuente: Publimetro
Durante el mes de marzo será clave la presentación de las declaraciones juradas. Durante marzo próximo, comenzará la Operación Renta 2025, un proceso clave en el que empresas y contribuyentes deberán declarar sus ingresos del año 2024 ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Este es un trámite obligatorio para ciertos trabajadores y empresas, que se realiza cada año para informar sobre sueldos, créditos, bienes raíces y otros ingresos obtenidos en el año anterior. Su objetivo es calcular los impuestos a pagar o en algunos casos la devolución de impuestos. Durante el mes de marzo será clave la presentación de las declaraciones juradas (DDJJ). Actualmente, existen 67 tipos diferentes de DDJJ, y el tipo de declaración dependerá de si se trata de una empresa o una persona natural. Uno de los documentos más importantes en este proceso es el Formulario 22, que debe ser completado correctamente y enviado al SII. Este formulario permite determinar si al contribuyente le corresponde una devolución. Aunque el calendario oficial aún no ha sido confirmado por el SII, se espera que el proceso se lleve a cabo entre marzo y abril de 2025. Qué personas deben realizar este trámite Trabajadores independientes o dependientes con ingresos extras: Si recibiste pagos a través de boletas de honorarios o realizaste actividades económicas adicionales a tu empleo principal, deberás declarar tus ingresos. Personas con inversiones o rendimientos de capital: Aquellos que obtuvieron ingresos por inversiones, compraventa de acciones, criptomonedas u otros activos financieros también deben reportar estas transacciones. Contribuyentes que solicitan devolución de impuestos: Si realizaste cotizaciones voluntarias o aportes previsionales extra y buscas recuperar parte de los impuestos pagados en exceso. Quienes arriendan propiedades: Los ingresos obtenidos por el arriendo de bienes raíces deben ser informados en la declaración de renta. If tus ingresoa anuales superan eñ mínimo no imponible determinado por eñ SII. Fuente: El Heraldo Crónica
Este jueves, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dictó una resolución que refuerza el control al uso indebido de facturas por compras personales en supermercados y restaurantes. Así, se restringirá su uso de forma exclusiva a la compra de bienes o servicios relacionados directamente con el giro o actividad del comprador, que son las únicas que dan derecho al crédito fiscal IVA. En detalle, el organismo, con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, decreta de manera expresa que este tipo de recintos deberán emitir boletas de ventas y servicios para todas las transacciones realizadas con consumidores finales. Asimismo, se estableció que en los supermercados no se preguntará si el comprador opta por boleta o factura. Desde marzo, habrá una fila específica para quienes opten por este mecanismo.Además, si los supermercados cuentan con más de diez cajas habilitadas para pago, sólo podrán disponer del 10% del total para la emisión de facturas. De lo contrario, deberán destinar una de ellas que también emitan boletas. Por otra parte, en los restaurantes se prohibirá la emisión de facturas en actividades personales o familiares.Con el objetivo que se cumpla esta medida, el SII estableció que los supermercados y restaurantes deberán emitir boletas de ventas para todas las transacciones que se realicen con consumidores finales. Cabe señalar, que el restaurante o supermercado que incumpla la obligación de otorgar el documento tributario que corresponda, podrá ser sancionado con una multa del 50% al 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA. Sumado a ello, arriesga la clausura de hasta 20 días del establecimiento o sucursal donde se cometió la infracción. En tanto, el comprador que no exija la emisión de la documentación tributaria que corresponda, podrá ser sancionado con una multa de hasta 20 UTM. Con todo, las medidas entrena en vigencia desde el próximo 1 de marzo. [EMISIÓN DE FACTURAS EN SUPERMERCADOS Y RESTAURANTES]: Con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, el SII dictó hoy una resolución que reitera las exigencias legales para la emisión de facturas en supermercados y restaurantes. pic.twitter.com/xqoJHMt9GW — SII (@SII_Chile) December 19, 2024
El Servicio de Impuestos Internos (SII) , en el marco del cumplimiento de la Ley Anti-evasión, entregó esta semana el número de cuentas financieras de chilenos en el exterior, y que alcanzaron a 153.314 repartidas en reconocidos paraísos fiscales, como las Islas Caimán y Suiza. La normativa legal, que habilita al SII a buscar la repatriación voluntaria de bienes o rentas de parte de inversores nacionales en el extranjero, con el objetivo de recaudar los impuestos correspondientes a su giro en el país, fue desagregada -según informa el diario financiero- en “un 94% de capitales de personas naturales” y otro “seis por ciento perteneciente a personas jurídicas”, con un “balance en cuenta corriente” que alcanzaría al abultado monto de 32 mil 579 millones de dólares. Si bien el medio nacional especializado en temas económicos aseveró que la “meta sigue lejana” respecto de los montos proyectados por el Gobierno para recaudar con esta “repatriación de capitales”, a la fecha estas “declaraciones pasaron de 10 a 73 en un par de semanas, con impuestos a girar que superan los US$12 mil millones”. Según informa a su vez biobiochile.cl este viernes, esta “repatriación de capitales apunta a toda clase de bienes, incluyendo los muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones o derechos en sociedades constituidas en el exterior, o el derecho a los beneficios de un trust o fideicomiso”. Del mismo modo, incorpora “también divisas y toda clase de instrumentos financieros o valores, como bonos, cuotas defondos , depósitos y otros similares ,que sean pagaderosen moneda extranjera; asimismo rentas que provengan debienes(dividendos utilidades intereses entre otros)”. Cabe destacar que este procedimiento transitorio ofrece la alternativa a los inversores chilenos enel extranjero deregularizar susituación tributaria esto mediante“la aplicacióndeunimpuesto únicoysustitutivo del12por cientoso breel valor desusbienesorentas”. Fuente: Publimetro