feriado de Viernes Santo, enfocado en resguardar el derecho al descanso de los trabajadores y trabajadoras del comercio, especialmente de grandes tiendas, que en años anteriores no han laborado en esta fecha. La seremi Maribel Torrealba recalcó que “quienes no han trabajado durante Viernes Santo en años anteriores, tienen un derecho adquirido que debe ser respetado por los empleadores”. Esto, ante la preocupación de sindicatos y trabajadores del retail, luego de que algunas empresas anunciaran su apertura durante este feriado. Las fiscalizaciones se realizarán en respuesta a denuncias ciudadanas, que se pueden ingresar a través del Centro de Atención Laboral (600 450 4000) o del Sistema Único de Atención Ciudadana (SUAT) en www.direcciondeltrabajo.cl. En caso de comprobarse que un trabajador no prestó funciones durante esta festividad en años anteriores y se le está obligando a trabajar este 2025, la infracción puede implicar una multa de hasta 60 UTM (equivalente a $4.098.360). Si además el empleador no cuenta con la documentación necesaria, arriesga una sanción de 26,73 Ingresos Mínimos Mensuales, es decir, $8.798.206. El director regional (s) del Trabajo, Félix Fuentes, indicó que inspectores estarán de turno para atender las denuncias y realizar las fiscalizaciones correspondientes. ¡Protejamos juntos los derechos laborales!
feriado de Viernes Santo, enfocado en resguardar el derecho al descanso de los trabajadores y trabajadoras del comercio, especialmente de grandes tiendas, que en años anteriores no han laborado en esta fecha. La seremi Maribel Torrealba recalcó que “quienes no han trabajado durante Viernes Santo en años anteriores, tienen un derecho adquirido que debe ser respetado por los empleadores”. Esto, ante la preocupación de sindicatos y trabajadores del retail, luego de que algunas empresas anunciaran su apertura durante este feriado. Las fiscalizaciones se realizarán en respuesta a denuncias ciudadanas, que se pueden ingresar a través del Centro de Atención Laboral (600 450 4000) o del Sistema Único de Atención Ciudadana (SUAT) en www.direcciondeltrabajo.cl. En caso de comprobarse que un trabajador no prestó funciones durante esta festividad en años anteriores y se le está obligando a trabajar este 2025, la infracción puede implicar una multa de hasta 60 UTM (equivalente a $4.098.360). Si además el empleador no cuenta con la documentación necesaria, arriesga una sanción de 26,73 Ingresos Mínimos Mensuales, es decir, $8.798.206. El director regional (s) del Trabajo, Félix Fuentes, indicó que inspectores estarán de turno para atender las denuncias y realizar las fiscalizaciones correspondientes. ¡Protejamos juntos los derechos laborales!